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CONTRATO DE ADHESIÓN
DE LA EMPRESA DE SERVICIOS EXPLOTADORA DE LA
SALA DE BINGO CON EL
CENTRO OPERATIVO DEL BINGO INTERCONECTADO DE
ARAGÓN, S.A.U.
COMPARECEN
De una parte la sociedad mercantil "Centro Operativo del Bingo
Interconectado de Aragón, S.A.U.", abreviadamente "COBIA",
con número en el Registro Mercantil de Zaragoza con el
Documento: 1/2002/2.641,0, Diario: 167 y Asiento: 663 y CIF
A 50 913516, con domicilio legal sito en plaza San Francisco
6, de Zaragoza, representada por D. ---------------------con
nº D.N.I. ---------------------, en su condición de Apoderado.
De otra parte la Empresa de Servicios --------------- que organiza el Juego del Bingo en la Sala de Bingo ----------------------------, representada por D./Dña. -------------con nº D.N.I.------------, en su condición de --------------------, con domicilio legal sito en ------------------------, a la que en adelante llamará EMPRESA ADHERIDA.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal plena para suscribir el presente contrato de adhesión, y en su virtud:
EXPONEN
Que el COBIA, se constituye en Sociedad Anónima
Unipersonal cuyo objeto social consistirá en el control
del desarrollo de las modalidades del Juego del Bingo Plus y
del Bingo Interconectado, centralizando y procesando el intercambio
de información con las salas interconectadas, tal y como
señala el artículo 67.2 del Decreto 335/2001,
el artículo 2 de los Estatutos de la Sociedad y las sucesivas
referencias que efectúa el citado Decreto en artículos
como: artículo 58 párrafo 1º y 2º, artículo
59.3, artículo 62.2.2º, artículo 63.3 o en la
Disposición Transitoria Sexta, letra c).
Que es el interés de la EMPRESA ADHERIDA la adhesión a las modalidades del Bingo Plus y del Bingo Interconectado, en los términos y condiciones previstos en el Decreto 335/2001.
Por lo que basándose en todo lo anterior CONVIENEN en suscribir el presente CONTRATO DE ADHESIÓN, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- La Empresa de Servicios ------------- queda adherida a las modalidades de Juego denominadas Bingo Plus y del Bingo Interconectado, quedando obligada a las reglas de juego, funcionamiento y demás requisitos, condiciones y efectos dispuestos en el Decreto 335/2001.
El COBIA se obliga, de acuerdo con el artículo 67.2 Decreto 335/2001, a controlar el desarrollo de las modalidades del Juego del Bingo Plus y del Bingo Interconectado, centralizando y procesando el intercambio de información con las salas interconectadas, con arreglo a las reglas de juego, funcionamiento y demás requisitos, condiciones y efectos dispuestos en el mencionado Decreto.
SEGUNDA.- La Sala de Bingo ADHERIDA a las modalidades del Juego del Bingo es la denominada---------------- que se encuentra situada en ----------, Avda./ calle ------------------------------. La clave fija de adhesión de la Empresa y la Sala ADHERIDA es la de----------------.
A efectos de las notificaciones el domicilio de la EMPRESA ADHERIDA será ----------------------------------.
TERCERA.- La EMPRESA ADHERIDA, se obliga, en cumplimiento del artículo 44.2 del Decreto 335/2001, una vez autorizadas por la Dirección General de Interior a la práctica de las citadas modalidades, a detraer el 3% y el 0,5% del valor facial de la venta de los cartones de Bingo vendidos en la sala en cada sesión para la práctica y ulterior distribución del Bingo Plus y del Bingo Interconectado, en la forma prevista en Decreto 335/2001, e ingresar dichas cantidades en una cuenta corriente abierta en la misma entidad bancaria que la abierta por el COBIA, con la autorización expresa por parte de la EMPRESA ADHERIDA para que la entidad bancaria efectúe automáticamente el traspaso diario de las indicadas detracciones a la cuenta abierta por el COBIA.
Los importes citados habrán de ser ingresados por la EMPRESA ADHERIDA con la indicación de la fecha a la que correspondan y antes de las 13,00 horas del día siguiente al del inicio de la jornada.
Corresponde al COBIA, de acuerdo con el artículo 59 del Decreto 335/2001, abrir una cuenta exclusiva y específicamente abierta al efecto para ingresar los porcentajes de detracción de cartones para dotar los premios y reservas del Bingo Plus y del Bingo Interconectado que se denominará con la leyenda de "Bingo Plus y Bingo Interconectado" y cuya estructura deberá distinguir las cantidades asignadas a cada una de las modalidades de juego, con inclusión de la fecha de la jornada en que se ha generado.
Corresponde al COBIA remitir a cada una de las Salas Adheridas la aportación efectuada por cada una de las Salas en la jornada anterior.
Siempre que se hable de plazos y no se especifique su condición se entenderá días laborables (con exclusión a efectos bancarios de los sábados).
Las partes señalan en este contrato que los importes citados habrán de ser ingresados en la cuenta abierta por la EMPRESA ADHERIDA nº--------------------- y en la cuenta abierta por el COBIA nº ------------------------------.
CUARTA.- La EMPRESA ADHERIDA que gestione una sala de bingo donde se produzca la extracción de la bola que da lugar al premio del Bingo Plus y del Bingo Interconectado expedirá certificación acreditativa al jugador premiado, según dispone el artículo 58.1 del Decreto 335/2001, conociendo inmediatamente el COBIA el premio cantado a través del programa de juego y según información requerida por el modelo de Anexo II y III que se incorpora a este contrato.
Corresponde al COBIA remitir inmediatamente dicha información a todas las salas adheridas, con indicación de la sala, jugada y premio que ha sido concedido.
QUINTA.- La EMPRESA ADHERIDA remitirá al COBIA al finalizar cada jornada los datos de cierre, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69.1 y 4 del Decreto 335/2001 y según modelo que se figura en este contrato como Anexo I.
Corresponde al COBIA garantizar sus mecanismos de recepción o remisión de información, ratificando inmediatamente la recepción del comunicado de cierre, de acuerdo con lo señalado en el artículo 69.3, así como emitir, al día siguiente, un comunicado de situación de la Sala adherida.
Corresponde al COBIA, con arreglo a los datos remitidos por las salas adheridas durante cada jornada proclamar el ganador o ganadores, especificar el importe del premio, expedir el correspondiente certificado y abonar el premio al ganador o ganadores, según dispone el artículo 58.3 Decreto 335/2001, así como comunicar estas circunstancias a las salas adheridas.
SÉXTA.- La EMPRESA ADHERIDA, se compromete a abonar al COBIA la cantidad de cuota que proceda por la prestación del servicio de interconexión que ésta le preste. Dicha cantidad se abonará al COBIA por períodos mensuales, dentro de los diez primeros días de cada mes, mediante recibo domiciliado bancariamente en la cuenta corriente que designe la EMPRESA ADHERIDA.
La EMPRESA ADHERIDA tiene derecho a conocer los criterios seguidos en la fijación de la cuota mensual de adhesión, que en cualquier caso deberán de ser idénticos para todas las salas adheridas y estar basados en criterios objetivos y de mercado.
En caso de que la EMPRESA ADHERIDA, previa Resolución de la Administración, causara baja en la explotación de las modalidades del juego del Bingo Plus y del Bingo Interconectado gestionadas por el COBIA, estará obligada a satisfacer la cuota íntegra del mes en curso al día en que causara baja.
Corresponde al COBIA fijar la cuota de adhesión, según lo dispuesto en esta cláusula. Como cuota de conexión se fija la cantidad de ------------- euros anuales, pagaderos mensualmente por doceavas partes iguales.
Corresponde al COBIA comunicar a la Administración la modificación de la cuota de conexión.
SÉPTIMA.- De acuerdo con el artículo 71 del Decreto 335/2001, la EMPRESA DE SERVICIOS estará obligada a constituir una fianza solidaria con las demás empresas de servicio adheridas por el importe de 300.506,05 euros, que estará afecta al pago de los premios que resulten de las modalidades del Juego del Bingo Plus y del Bingo Interconectado, sin perjuicio de la fianza que le corresponda como Empresa de Servicio de una Sala de Bingo (artículo 18 del Decreto 335/2001).
Con independencia de lo anteriormente expuesto, corresponde el COBIA prestará fianza de 150.253,02 euros, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Séptima párrafo 2º, letra d) para responder, en su caso, ante la Administración y los usuarios, tanto del correcto funcionamiento de la unidad central del proceso de datos como, en general, del cumplimiento de las funciones asignadas a la mencionada sociedad, como indica el artículo 67.3 del Decreto 335/2001.
OCTAVA.- Los procedimientos de control de las modalidades del Juego del Bingo Plus y del Bingo Interconectado estarán estructurados en dos sentidos que operarán interactiva y simultáneamente, y que son los siguientes:
- Un soporte informático o telemático centralizado con terminales operativas en cada una de las Salas Adheridas a las modalidades del Juego del Bingo, a través del cual se canalizará la información.
- Un soporte de comunicaciones vía FAX o equivalente, a través del cual se establecerán las comunicaciones entre la EMPRESA ADHERIDA y el COBIA.
NOVENA.- La EMPRESA ADHERIDA se compromete a instalar todas las medidas de seguridad necesarias para garantizar el correcto desarrollo de las partidas.
El COBIA, en cumplimiento del artículo 68.1 del Decreto 331/2001, se compromete a mantener la unidad central de proceso de datos en funcionamiento durante el horario de apertura de las salas de bingo y a disponer de los medios técnicos que garanticen el correcto funcionamiento del sistema, recogiendo, registrando y comunicando con precisión toda la información relativa a las operaciones de juego.
El COBIA se compromete, igualmente, a que el Centro Operativo esté gestionado por personal necesario para el desempeño de las funciones técnicas de informática y comunicaciones y contabilidad, tal y como señala el artículo 68.2 del Decreto 331/2001.
DUODÉCIMA.- El incumplimiento, por alguna de las partes, de una o algunas de las cláusulas que figuran en este contrato se comunicará al órgano del Gobierno de Aragón con competencia en materia de juego, quien ordenará la incoación del oportuno procedimiento, en su caso, de acuerdo con la legislación vigente.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de las cuestiones litigiosas que se deriven entre las partes firmantes de este contrato. Ambas partes, en renuncia de su propio fuero si lo hubiere se someten de forma expresa a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Zaragoza.
Y como prueba de conformidad, con todo lo anterior, firman y rubrican en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento.
Fdo. D.-------------------- Fdo.: D./Dña.-------------------
Representante Legal de Representante Legal de la
COBIA, S.A. Empresa de Servicios ---------
ANEXO 1º.-
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MODELO FAX DE SALA A COBIA CON LOS DATOS DE CIERRE
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Nombre de Sala:
Fecha:
Recaudación total:
Número de partidas:
Aportación 0,5% a Bingo Interconectado:
Aportación 3% a Bingo Plus:
Número de teléfono para resolución a 8 horas mañana:
Nombre y Apellidos remitente del presente Fax:
Firma
ANEXO 2º.-
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FAX DE NOTIFICACIÓN GANADOR BINGO PLUS
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Nombre de la sala:
Fecha y hora:
Número de jornada ordinaria:
Número de extracción de bola:
Número de cartón:
Número de serie:
Nombre y apellidos del ganador:
D.N.I. del ganador:
Nombre y Apellidos remitente del presente Fax:
Firma
ANEXO 3º.-
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GANADOR DE BINGO INTERCONECTADO Y BINGO PLUS
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Nombre de la sala:
Fecha y hora:
Número de jornada ordinaria:
Número de extracción de bola:
Número de cartón:
Número de serie:
Nombre y apellidos del ganador:
D.N.I. del ganador:
Nombre y Apellidos remitente del presente Fax:
Firma
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